Si te registraste con nosotros con anterioridad, identifícate y comprueba que los datos indicados en tu ficha son correctos, sobre todo tu NIF ya que verificamos tu estado de colegiación a partir de éste.

Portada > Seminarios On Line
Requisitos sobre bienestar animal durante el transporte. Nuevo Real Decreto 990/2022, de 29 de noviembre.

Requisitos sobre bienestar animal durante el transporte. Nuevo Real Decreto 990/2022, de 29 de noviembre.

El transporte de animales constituye un eslabón fundamental de la producción ganadera, que a su vez puede resultar estresante o agotador para los animales, repercutiendo negativamente en el bienestar de los mismos. Un transporte inadecuado puede además llegar a producir una pérdida de la calidad de la carne del animal una vez que ha sido sacrificado. Dada su importancia, desde 1977 la protección de los animales durante su transporte ha sido objeto de regulación por parte de la Unión Europea. A nivel nacional la normativa actualmente vigente es el Real Decreto 990/2022, de 29 de noviembre, sobre normas de sanidad y protección animal durante el transporte.

Este nuevo texto, que deroga el real decreto que estaba vigente desde 2016, introduce mejoras para la realización de los controles oficiales, amplia los requisitos para los operadores de puertos y aeropuertos y para la formación del personal, así como para los transportistas, todo ello a partir de la experiencia adquirida en la implementación de la normativa que se deroga y basándose en el nuevo marco comunitario para los controles oficiales.

Ponente: Ana Mª Catalán Alcalá

Ana Mª Catalán Alcalá es licenciada en Veterinaria por la Universidad Complutense de Madrid y funcionaria del Cuerpo Nacional Veterinario (CNV) desde 2009, donde ha trabajado en diferentes áreas de actividad, como la identificación animal, trazabilidad, registros y seguros agrarios. Desde 2014 ocupa el puesto de Jefa de Servicio en el área de bienestar animal. En relación a la protección de los animales durante el transporte es miembro de la red de puntos de contacto nacionales de la Comisión Europea y del grupo de trabajo sobre transporte animal de la Plataforma Europea de Bienestar Animal. Así mismo participa como coordinadora de los cursos sobre bienestar animal de la Comisión Europea (Better Training for Safer Food). A nivel nacional ha participado como ponente en cursos y grupos de trabajo sobre bienestar animal durante el transporte tanto en la administración central como autonómica.

Contenidos:

  1. Antecedentes.
  2. Requisitos sobre bienestar animal durante el transporte (con especial hincapié en las novedades que introduce el nuevo real decreto)
  3. Situación actual a nivel comunitario

 

 

Respuestas a preguntas durante el seminario (Ana María Catalán):

 

1. O sea, habrán medios de transporte sin estar vinculados a un transportista. ¿Está preparado la base de datos SIRENTRA 2.0 para estos casos?

La base de datos se modificará para adaptarse a los requisitos del nuevo Real Decreto durante el periodo transitorio que existe para las obligaciones de registro.

2. Qué pasa con las comunidades autónomas que no tienen cursos específicos?

El Real Decreto no establece la necesidad de obtener la formación en una determinada comunidad autónoma, por lo que se puede acceder a los cursos ofertados por otra, aunque es de esperar que todas las comunidades autónomas adapten la oferta de cursos a las necesidades que haya.

3. Hola, entonces en este caso, un granjero por ejemplo ahora mismo además de tener el título de bienestar animal, tiene que tener la formación del transporte no? Lo digo porque cuando por ejemplo van a cargar porcino, son los que ayudan a sacarlos de la granja al camión

De acuerdo con el artículo 11 del Real Decreto debe tener formación que incluya las disposiciones de los anexos I y II del Reglamento (CE) n.º 1/2005 del Consejo, de 22 de diciembre de 2004 y que esta formación deberá ajustarse al tipo de transporte que se va a realizar. Lo ideal sería que el título de bienestar animal que ya se le requiere incluya la parte que le afecta del transporte.

4. Hola buenas tardes, en este RD cual es la diferencia entre organizador y operador a la hora de registrarse.

Cuando se habla de operador, se refiere en general a cualquiera que intervenga en el transporte de animales. Los organizadores están expresamente definidos en el Reglamento 1/2005.

En cuanto al registro:

 

5. ¿El puerto de Almería también hace transporte de animales vivos?

Sí, en buques de carga rodada (ferries)

6. Que datos mínimos tiene que tener un plan de contingencia?

Los datos mínimos que debe incluir se recogen el anexo I del Real Decreto.

7. ¿Este RD incluye el transporte de animales desinados a espectáculos taurinos?

Sí, porque se trata de animales vertebrados vivos que se transportan en relación a una actividad económica.

8. Una persona con autorizacion de transportista de animales vivos: puede llevar su propio caballo por ejemplo de Salamanca a Oporto a realizar un acto ludico-deportivo como una ruta a caballo y volver en el mismo dia sin mas documentacion que la Tarjeta de movimiento equino y la autorizacion como transportista como puede ocurrir en el territorio nacional??"

Si el transporte no se considera que se realiza en el ámbito de una actividad económica no se aplica el Reglamento 1/2005 por lo tanto los únicos documentos exigibles serían los relativos a la identificación y los que exijan los movimientos intracomunitarios en materia de sanidad animal.

9. Hola, me gustaría saber si para el transporte por parte de los ganaderos de aves con una distancia inferior a 50 km, los medios de transporte necesitan alguna condición especial como por ejemplo temperatura, tipo de vehículo, etc.? Gracias

Los medios de transporte que utilicen los propios ganaderos a una distancia de menos de 50 km solo tienen que cumplir con los artículos 3 y 27 de Reglamento 1/2005, por lo tanto en materia de bienestar animal no se les exige ningún requisito específico. 

10. ¿Es obligatorio el plan te contingencia en el transporte de caballos? ¿Ya sea de manera profesional o a titulo privado?"

El plan de contingencia es obligatorio cuando el transporte se realice en conexión con una actividad económica, en relación a la pregunta concreta, si se realiza de forma profesional sería obligatorio y si se trata de un movimiento privado no.

11. Puede un transportista estar registrado si no es titular del medio de transporte si no es el propietario teniendo autorización del mismo?"

Todos los transportistas tienen que estar registrados, utilicen o no, sus medios de transporte. Si actualmente el medio de transporte está asociado en las bases de datos a ese transportista, cuando se renueve la autorización del medio de transporte, se regularizaría el registro de ese medio de transporte.

12. Entiendo que este RD también afecta a los animales que van a Matadero. Si es así, dos preguntas. 1) Un transportista puede llevar animales de diferentes granjas? 2)¿Un ganadero puede llevar animales a Matadero animales de diferentes granjas?"

Desde el punto de vista de bienestar animal no existe la prohibición de llevar a animales de diferentes granjas con destino a matadero, siempre que se cumplan con las horas de viaje y descanso. En cuanto a si es el transportista o el ganadero, aclarar que la persona que transporta físicamente a los animales es el conductor y el transporte tiene que estar amparado por un transportista, que puede ser una empresa o una persona física, incluyendo a un ganadero.

13. descarga animales vivos en el matadero... requisitos? competencia?

El personal que realice la descarga de los animales en matadero deberá estar formado de acuerdo a lo que indica el artículo 12 del Real Decreto.

14. ¿Qué plazo tienen los operadores comerciales en puerto para tener un Veterinario en plantilla?

El plazo para que los puertos se adapten a los requisitos que establece el real decreto como puntos de salida es de un año (Disposición transitaria cuarta)

15. ¿Es necesario el alta como transportista de animales vivos y a su vehículo a la empresa destinada de la recogida de animales vagabundos?¿deben de estar en posesión del curso de bienestar animal durante el transporte?"

Sí, este tipo de transporte entra dentro del ámbito de aplicación del real decreto. Deben estar formados según lo establecido en el punto 1 del artículo 12, pero no disponer de certificado de competencia como tal.

16. se podria autorizar un sacrificio de urgencia por no respetar normativa de bienestar animal y gestionar que este pudiera ser apto para consumo humano , o solo se puede eutanasiar ? ejemplo bovino pata rota durante transporte

Sí, en la página web del MAPA se encuentran disponibles los procedimientos normalizados de trabajo para actuar en estas situaciones:

https://www.mapa.gob.es/es/ganaderia/temas/produccion-y-mercados-ganaderos/pnt_explotacion_aptitud_transporte_y_sacrifico_de_urgencia_tcm30-622735.pdf

17. ¿Cómo comprobamos que en un transporte <65km la persona está formada o capacitada si no le pedimos un certificado de competencia?"

Las comunidades autónomas deberán establecer la forma de comprobarlo. Se puede verificar demostrando determinada experiencia o mediante la realización de cursos.

18. Infracciones cometidas por transportista de otros países en viajes con origen en España, ¿como se procede para sancionar incumplimientos?"

El incumplimiento debe ser sancionado por la autoridad competente que lo detecta. Si una comunidad autónoma detecta un incumplimiento de un transportista autorizado en otro estado miembro deberá sancionarlo. No obstante, el procedimiento sancionador a personas que no están ubicadas en España no es fácil de llevarlo a cabo. En todo caso se informa al estado miembro que lo autorizó para que tome las medidas adicionales que considere oportunas.

19. Hola en España no hace mucho frío pero si mucho calor.En esto época de espectáculos taurinos y festejos populares taurinos ,que se contempla para estos?Gracias"

La normativa es la misma para todos los transportes que entran en el ámbito de aplicación del real decreto por lo que se debe aplicar las mismas medidas para el movimiento de bovinos de lidia que para el resto de animales. Señalar que los requisitos de temperatura (de 0oC a 30oC) solo se exigen para el transporte de más de 8 horas de duración.

20. Hola! ¿Tendrán acceso los veterinarios en mataderos a SIRENTRA?  Se podrán consultar las autorizaciones de transportista y certificados de competencia?"

El acceso a SIRENTRA está restringido a las autoridades competentes. Si se trata de veterinarios oficiales, deben tener acceso a SIRENTRA.

Asimismo, en el caso de no ser autoridad competente, se puede verificar el estado de autorización de un transportista o un medio de transporte si se conoce el código de autorización o la matrícula, respectivamente, a través del siguiente enlace:

https://servicio.mapa.gob.es/sirentra2wai/DataProvider/Consulta.ashx

 

 

 

21. En relación al concepto de actividad económica en el apartado iii) menciona el transporte por un tercero ""sin relación directa con el propietario"". Que significa esa ""relación directa""? Si transporte el caballo de un amigo sería actividad comercial?"

La relación directa hace referencia a que no haya ninguna vinculación personal entre ambas personas. Habría que determinarlo caso por caso.

22. Buenas tardes, ¿el certificado de competencia tendrá que renovarse cada x tiempo?

Ni el Reglamento 1/2005 ni el Real Decreto establecen un periodo de validez para el certificado de competencia pero sí lo hace la normativa de algunas CCAA y otros países de la UE. Según qué autoridad competente lo haya emitido será de carácter indefinido o temporal (5 o 10 años)

23. Has comentado que las autoridades competentes de las Comunidades Autónomas, podrán adoptar medidas cautelares ante incumplimientos.  En el caso de que un Veterinario Oficial levante un acta en un matadero debido al transporte de animales no aptos para el transporte (identificando al transportista, conductor , poseedor de los animales y causa), ¿este hecho podría dar lugar a la suspensión cautelar de la actividad de este transportista?"

Sí, podría dar lugar si así lo considera la autoridad competente.

24. B tardes! Cundo se habla de buques de ganado, entiendo que esos animales se descargan en la bodega del barco. Que ocurre en el caso de transporte de animales entre islas, como puede ser en Canarias. Hay iajes entre islas que no son directos y durarían mas de 8 horas, ¿se consideraría viaje de larga duración?"

Siempre que el transporte dure más de 8 horas se considera un viaje de larga duración, incluyendo aquellos que se transportan en ferries. Sí existe este tipo de transportes en España.

25. Los responsables de la recogida de animales abandonados (perros y gatos) ¿ qué tipo de formación necesitan si en ocasiones superan los 65 km ?"

Lo que establece el punto 1 del artículo 12 del real decreto: Formación sobre los anexos I y II del Reglamento 1/2005 adaptada al tipo de transporte que se va a realizar.

26. Que requisitos debe cumplir un remolque de un titular de un équido autorizado según  artículo 47 de ley 8/2003. es decir caso típico de  transporte desde hípica situada en Galicia a un concurso de saltos situado en Andalucia??'"

Si está autorizado de acuerdo con la ley de sanidad animal no se establece ningún requisito en materia de bienestar animal.

27. Un ganadero que transporta sus animales a un matadero a 60 kilometros, necesita autorización de transportista???"

Sí, porque no estaría dentro del supuesto de transportes de menos de 50 km.

28. En relación a la formación de aquellos transportistas que realizan viajes a menos de  50km ¿ como deben acreditar su formación?"

El personal debe estar formado o capacitado. La forma de acreditarlo debe establecerlo la comunidad autónoma correspondiente.

29. Un ganadero que sólo transporta sus animales a matadero (distancia corta por tratarse de una isla), es necesario que se inscriba en algo?"

Sí, debe estar registrado en SIRENTRA como transportista y disponer de la autorización de acuerdo con el artículo 47 de la Ley 8/2003, de 24 de abril.

30. TRANSPORTE DE ANIMALES PARA EXPORTACIÓN,  DE BILBAO A ALGECIRAS CON CABI.¿ ES PRECISO, ADEMÁS, UN CAB POR SER VIAJE DE MÁS DE 8 HORAS? GRACIAS.

El cuaderno de a bordo integrado solo se aplica al transporte en buques de ganado. Cuando se transportan por ferry se utiliza el CAB según está establecido en el Reglamento 1/2005 y cada uno de los camiones debe llevar su propio CAB si el transporte dura más de 8 horas.

31. No queda claro en el RD que la formación para la captura y carga se fiera solo a buques de ganado y aves

El motivo de incluir a los operadores que interviene en la carga de animales fueron esos 2 casos pero efectivamente el real decreto no lo circunscribe a estas únicas 2 situaciones por lo que se aplica a todo el personal que participe en cualquier carga de animales.

32. Cuando se realiza una inspección en un control oficial de transporte de animales vivos de producción ¿ quė documentación se debe pedir al conductor? ¿Se"

La que se especifica en el artículo 10 del Real Decreto, que les sean aplicables según el tipo de transporte.

33. Una empresa de paquetería que transporte animales domésticos, necesita autorización?

Sí, por ser un transporte de animales vertebrados vivos asociado a una actividad económica.

34. En el traslado de los animales se producen a veces vuelcos en los camiones. Según nuestra experiencia a menudo no están bien cubiertas las acciones de excarcelamiento de los animales atrapados porque se producen grandes retrasos en las intervenciones. ¿Hay alguna prevision de limitación de tiempos al respecto?"

Las actuaciones ante imprevistos deben estar reflejadas en los planes de contingencia. Toda intervención ante una emergencia debe ser aplicada lo más rápida posible pero no existen límites establecidos de tiempo.

35. ¿Una protectora necesitaría un documento TRACES  para el envío de  un solo perro a un país de la Unión Europea?"

La normativa asociada a TRACES no entra en el ámbito de aplicación de esta charla. Para obtener la información correcta debe dirigirse a sganimal@mapa.es

36. Hola los conejos ya no podrán ir en jaulas o contenedores como las aves

La normativa no establece dicha prohibición.

37. Buenas tardes, yo como transportista autorizado, con mi van como transporte autorizado, puedo llevar mi caballo con la tarjeta de identificación equina para una actividad no lúdica, pero ¿podría llevar también el caballo de un amigo que no esté a mi nombre?

El tipo de transporte planteado se trata de un transporte asociado a una actividad económica  (actividad no lúdica) por lo tanto se debe cumplir con lo establecido en el Real Decreto, el cual no impide llevar a animales de diferentes propietarios. Solo se evalúa este criterio para valorar si existe actividad económica o no asociada al transporte.

38. En caso de que sea necesario que vaya un veterinario a bordo en los buques, ¿cómo se garantizaría la seguridad del veterinario a lo largo del viaje? Al tratarse de aguas internacionales como se actuaría en caso de observar un incumplimiento?"

Aún no ha salido publicado el Reglamento que previsiblemente exigirá la presencia de un veterinario a bordo en el primer viaje que realice en buque tras ser autorizado por lo que no se ha elaborado ningún procedimiento al respecto.

Con respecto a los incumplimientos, aunque estos se realicen en aguas internacionales, los transportistas son responsables de cumplir con lo establecido en la normativa durante todo el viaje por lo que podrían ser sancionados igualmente.

39. Por qué hubo que sacrificar los 200 bovinos al volver a Cartagena?

Los animales fueron sacrificados porque al proceder de países no comunitarios, por motivos de sanidad animal no podían volver a ser introducidos en la Unión Europea y tampoco se consideraban aptos por motivos de bienestar animal para ser enviados a otro país fuera de la UE.

40. Los titulos de formación que actualmente poseen los transportistas son válidos con la entrada en vigor del nuevo RD??"

Sí, todos los títulos son válidos.

41. No me ha quedado claro si el Plan de Contigencia afecta a p hiculares  que van con varios animales y viajes + horas"

Si es un movimiento particular, entendido que no está en relación con una actividad económica no es necesario el plan de contingencia. Si el movimiento está considerado como actividad económica el plan de contingencia es obligatorio independientemente del número, especie y horas de viaje.

42. Hola. Un granjero que conduce por ejemplo a sus cerdos al camión, ahora tendrán que tener formación en bienestar animal en el transporte?"

Sí, pero esta formación se puede incluir en la materia de bienestar animal en granja.

43. Como influye el RD en la recogida de perros/gatos por centros de protección animal si el desplazamiento es mayor de 65 kilómetros? Que documentos/formación es necesaria?"

Con respecto a la formación ver pregunta 25. Con respecto a los documentos tanto el transportista como el medio de transporte deberán estar autorizados y registrados en SIRENTRA.

44. ¿El modelo de solicitud de autorización va a ser diferente en función de si te tienes que autorizar por Rto1/2005 que por ley 8/2003, o es el mismo modelo?"

Para las autorizaciones de transportistas y medios de transporte de más de 8 horas el Reglamento establece un modelo. Para las autorizaciones de medios de transporte de menos de 8 horas y todo lo que se autorice en base a la ley de sanidad animal no existe un modelo, aunque por simplificación se suele utilizar el mismo del Reglamento indicando el tipo de autorización que es.

45. dónde tengo paradas de descanso en España??

La lista de puestos de control autorizados puede consultarse en el siguiente enlace:

https://webgate.ec.europa.eu/tracesnt/directory/publication/establishment/index#!/view/ES/CONTROL_POSTS/8

Están ubicados en las siguientes CCAA: 2 en Castilla y León, 1 en el País Vasco, 1 en Navarra, 1 en Cataluña y 1 en Valencia.

46. Apuntar que cuando comentas que en España no hace frío y no se va a prohibir determinados transportes, preguntar qué pasa cuando en invierno o en verano se mueren un porcentaje muy elevado de aves en su transporte al matadero, como hemos visto estas semanas pasadas y en verano ¿Cómo se actúa, si no va a haber prohibición del transporte en determinadas condiciones ambientales, tanto en invierno como en verano, si se deja al albor de los transportistas, ""Mejorar las condiciones de bienestar animal""." Sólo puntualizar, que cuando se deja al albor de transportistas y operadores la responsabilidad de ""mejorar las condiciones de bienestar animal"" y no se prohíbe, no funciona. Hay temperaturas altas en verano y bajas en invierno, que afectan mucho al transporte de aves al matadero, en el que hay días, como esta semana pasada, en que el porcentaje de animales muertos en el transporte ha sido muy elevado. las aves, son las gran olvidadas y por muchos informes que hagamos, no tienen sanción, por tanto, no creo, que funcione nada, si no se prohíbe. Un saludo"

Se ha malinterpretado lo dicho en durante la charla, lo que defiende España es que no se prohíban determinados transportes de forma total, por ejemplo las exportaciones o los transportes durante todo el verano. Lo que se defiende es que se puedan realizar siempre que se den las condiciones de bienestar para ello. En el caso del calor, no todos los días de verano se superan las temperaturas establecidas en la normativa aparte de que se pueden aplicar otras estrategias para minimizar los efectos de calor como pueden ser reducir la densidad de animales en el camión, viajar en las horas más frías del día, etc.

Los operadores no son los que deciden si se transporta o no, existe una normativa y tienen que cumplir con ella y se debe actuar en caso de incumplimiento.

47. Sirve la formación on line o tiene que ser física

No está establecido el formato de enseñanza por lo que cada comunidad autónoma establece el tipo de formación que considera adecuada.

48. Si se lleva una corrida de toros de Sevilla por ejemplo a Nimes, al ser más  de 8h, qué protocolo sería

Se aplican los requisitos para el transporte de viajes largos: el transportista tiene que tener una autorización de tipo 2 y el medio de transporte debe estar autorizado para viajes largos.

49. Un operario de descarga de jaulas de aves o de conejo, debe tener formación en transporte o de sacrificio. Mil gracias"

El Real Decreto no establece requisitos de formación en bienestar animal durante el transporte para la descarga de animales en matadero.

50. Buenas. No me ha quedado claro que nuevos grupos de personas necesitan los cursos de formaci´´on

Se amplía la formación general (anexos I y II del Reglamento 1/2005) al personal de captura y carga de animales, los operadores de puertos y aeropuertos y la tripulación del buque

51. no renovar en 1 año elATES directamente se da de baja

Sí.

    C/ Villanueva, 11, 5ª planta - 28001 Madrid

    91 435 35 35 - Horario de atención de lunes a viernes de 12:00 a 15:00

Diseño y Desarrollo web Im3diA comunicación.

Bienvenida/o a la información básica sobre las cookies de la página web responsabilidad de la entidad: Consejo General de Colegios Veterinarios de España

Una cookie o galleta informática es un pequeño archivo de información que se guarda en tu ordenador, “smartphone” o tableta cada vez que visitas nuestra página web. Algunas cookies son nuestras y otras pertenecen a empresas externas que prestan servicios para nuestra página web.

Las cookies pueden ser de varios tipos: las cookies técnicas son necesarias para que nuestra página web pueda funcionar, no necesitan de tu autorización y son las únicas que tenemos activadas por defecto.

El resto de cookies sirven para mejorar nuestra página, para personalizarla en base a tus preferencias, o para poder mostrarte publicidad ajustada a tus búsquedas, gustos e intereses personales. Puedes aceptar todas estas cookies pulsando el botón ACEPTA TODO o configurarlas o rechazar su uso clicando en el apartado CONFIGURACIÓN DE COOKIES.

Si quires más información, consulta la “POLITICA COOKIES” de nuestra página web.

Aceptar Rechazar Configuración de cookies